El conocimiento del concepto SUCOE, es fundamental para la comprensión profunda de cómo impacta el mismo en el sector. Conoce más sobre el IVA de las agencias de viajes y la incidencia en cada tipo de contrato de servicio.
Cómo son los clientes
La relación en la que está basada el intercambio empresarial es B2B, es decir, entre la agencia de viajes y la empresa cliente. Si el cliente es un particular, se beneficiará del Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria.
Qué ofrece
Cada uno de los tipos de servicios se verán reflejados por el IVA de manera diferente. Por ejemplo, el evento enmarcado en el contrato será reflejado como viaje de negocio. Mientras que todos los servicios se describen en una factura y conceptos únicos.
Los clientes españoles tendrán un IVA total del 21% que se puede deducir en su totalidad. En cambio aquellos clientes que vengan de fuera de España no tendrán IVA directamente en sus facturas.
SUCOE no contempla incentivo, ni servicios a los acompañantes de los participantes directos del SUCOE. En esos casos se emite una facturación según lo que corresponde en el Paquete de Viaje, es decir:
Servicio de Paquetería Turística (REAV):
Servicio único, su componente principal es el alojamiento y/o el transporte. Estos servicios se pueden agrupar con servicios concatenados del propio evento. La forma de facturación de este servicio se regirá por REAV o Modalidad Especial para Agencias de Viajes: IVA incluido y no deducible.
Si la Agencia y la empresa cliente lo consideren conveniente, se podrá renunciar a este régimen y facturar bajo Servicios Sueltos. Se descarta REAV cuando nuestro cliente sea nacional, comunitario o no comunitario con pacto recíproco. Tomar en cuenta que existen restricciones con países que no tienen un acuerdo recíproco. Esta renuncia al servicio se trata de prestaciones accesorias relacionadas con la participación y el carácter del evento.
Servicios Sueltos (RG):
Cada servicio se refleja de manera independiente en la factura, con su respectivo IVA. Este IVA se deducirá según el tipo impositivo del contratante. Vamos a enumerar los servicios más comunes y cuánto IVA tiene que pagar el cliente según su origen:
Vivienda (por posición) 10%.
Transporte (depende del paso) 10%.
Servicios de Catering y Catering 10%.
Entradas a museos, ferias, congresos, conciertos, espectáculos.
Se rige por el recinto. 21%, (algunas ferias aplica el 10%)
Alquiler de vehículos. 21%.
Servicios profesionales empresas españolas 21% y no españolas empresas 0%. Arrendamiento de locales. 21%.
Servicios de seguros. 21% para empresas españolas y 0% para empresas fuera de España.